10. Las limitaciones o exigencias injustificadas al derecho del consumidor de poner fin a los contratos de prestación de servicios o suministro de bienes de tracto sucesivo o continuado, la obstaculización al ejercicio de tal derecho del consumidor a través del procedimiento pactado, la falta de previsión de éste o la falta de comunicación al usuario del procedimiento para darse de baja en el servicio.En mi caso, al suspender los servicios me endosaron (y yo de acuerdo con ello) un combo que incluía teléfono, (aunque yo rechacé cualquier teléfono) y por el que se me activó una permanencia una vez reactivase los servicios. Dicha oferta nunca llegó a activarse, por lo que al reanudar los servicios exigí otra oferta. Me ofrecieron un 25% de descuento pero nadie mencionó nada de la permanencia.
Resulta que tengo dos permanencia, una por la primera oferta que nunca se activó, y otra por la segunda que no se me informó.
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